Las Letras Hipotecarias son emitidas por bancos e instituciones financieras para financiar la adquisición o construcción de una vivienda, sitios, oficina, etc. La letra hipotecaria se transa en la Bolsa de Comercio (mercado secundario a inversionistas) obteniendo un precio de acuerdo a las condiciones de mercado. Con el producto de la venta de las letras se financia el crédito hipotecario. Por otro lado, para respaldar su obligación, el deudor debe entregar en Hipoteca el bien inmueble en cuestión.
En este tipo de crédito hipotecario, el emisor (banco o institución financiera) se compromete a pagar una cantidad de dinero por un determinado período al acreedor de la Letra. Por su parte, el deudor se obliga a pagar al banco o institución financiera el monto del crédito en las condiciones acordadas con ella.
En otro aspecto, como el valor al cual es vendida la Letra Hipotecaria depende de la situación de mercado, la cual no está totalmente garantizada, habitualmente, si existe una eventual diferencia entre el valor de las letras (valor par) y el precio al que estas se vendan en la Bolsa de Comercio, ésta deberá ser asumida por el solicitante. En la escritura de crédito hipotecario se precisará quién se hará cargo de esta diferencia, por lo que es recomendable antes de hacer la operación, investigar en el mercado el valor al que se han transado letras similares en los días previos a realizar su propia operación.
Las Letras que emitan los bancos pueden ser reajustables o no, y podrán emitirse nominativas o al portador. El emisor es el responsable del pago de las amortizaciones e intereses al tenedor de la Letra Hipotecaria, la que además de estar garantizada por el banco o institución financiera, cuenta con la garantía de la cartera de créditos hipotecarios que posee la institución. El deudor paga el dividendo en forma mensual mientras que el emisor paga al tenedor de la Letra Hipotecaria, generalmente, en forma trimestral.